13 de noviembre de 2012

Aprueba Senado la Reforma Laboral


El Senado aprueba la Reforma Laboral y la turna al Ejecutivo para su promulgación.
  • Con la reforma se protege a los trabajadores que participen en modelos de subcontratación (outsourcing); se incluyen nuevas modalidades de contratación individual, con salario, prestaciones, seguridad social y antigüedad, y se regula con mayor precisión el “pago por hora”.
  • Asimismo, se establecen medidas protectoras a favor de los trabajadores del campo y los domésticos, además de que se incorporan regulaciones para el trabajo en las minas de carbón; se establece la rendición de cuentas y la posibilidad de votación directa y secreta de las directivas sindicales.
Con el voto del PAN – incluyendo el del senador Victor Hermosillo –, PRI, PVEM y Nueva Alianza, el pleno del Senado aprobó la reforma laboral y la turnó al presidente Felipe Calderón para su promulgación. PRD, PT y MC cuestionaron el procedimiento legislativo, por lo que advirtieron que promoverán un amparo en contra de la reforma.
Los principales aspectos que se aprobaron en todo el proceso legislativo son los siguientes:
El trabajo digno y decente se instituye como concepto que guíe las relaciones laborales; se prohíben y, en su caso, se sanciona con mayor severidad las conductas de acoso y hostigamiento sexual; se protege a los trabajadores que participen en modelos de outsourcing; se incluyen nuevas modalidades de contratación individual, con salario, prestaciones, seguridad social y antigüedad, lo que permitirá pasar de la informalidad a la formalidad y fomenta las fuentes de empleo y se limita el pago de salarios vencidos por despido injustificado a un año, si para entonces no se ha resuelto el juicio.

Otros aspectos relevantes son: se podrá rescindir la relación de laboral, sin que perjudique al trabajador, si el patrón exige la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad; los trabajadores deberán desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal (multihabilidad), por lo cual recibirán la compensación salarial correspondiente; se regula con mayor precisión el “pago por hora”, pues aunque el trabajador trabaje una hora al día solamente, no podrá recibir menos que el salario por una jornada completa; los patrones no podrán exigir a las mujeres certificados médicos de no embarazo, como requisito para su ingreso, permanencia o ascenso en el empleo; se suprime la figura del escalafón ciego (se establecen nuevos criterios para ocupar vacantes privilegiándose la productividad y la aptitud) y se establecen medidas protectoras a favor de los trabajadores del campo y los domésticos, además de que se incorporan regulaciones para el trabajo en las minas de carbón.

Finalmente, en cuanto al tema de los sindicatos: se garantiza en sus estatutos medidas para favorecer el respeto del ejercicio del voto con modalidades que acuerde la asamblea general (votación económica directa, votación indirecta o votación directa y secreta); en el registro de los sindicatos se deben seguir los principios de legalidad, transparencia, certeza, gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad, autonomía y democracia sindical; se considera como información pública el contenido de los estatutos sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo; los estatutos de los sindicatos deberán contemplar épocas de rendición de cuentas y sanciones a sus directivos; la rendición de cuentas de las directivas sindicales incluirá la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino y, por último, los contratos colectivos de trabajo y los reglamentos interiores de trabajo serán información pública en los términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

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